Por unanimidad el Concejo Deliberante solicitó hoy al Ministerio de Gobierno de Río Negro que proceda a la inmediata reglamentación de la Ley Provincial 4351, mediante la cual se adhirió a la Ley Nacional 26370 de Espectáculos Públicos y que “se establezcan multas y sanciones para quienes violen los derechos de las personas LGBT (Lesbianas, Gays, Bisexuales y Transexuales) en comercios de esparcimiento y diversión nocturna” a través de la aplicación arbitraria del denominado “derecho de admisión”.
La concejal del FPV Yanina Alám fue la encargada de fundamentar el proyecto en el recinto, remarcando que ante las reiteradas denuncias efectuadas por personas transexuales a quienes se les negó el derecho de ingresar a diversos locales de esparcimiento nocturno por su condición sexual marcando un grave hecho de discriminación.
La edil recordó que la Ley Nacional 26370 en su artículo 4° establece que “el derecho de admisión y permanencia: es el derecho en virtud del cual, la persona titular del establecimiento y/o evento, se reserva la atribución de admitir o excluir a terceros de dichos lugares, siempre que la exclusión se fundamente en condiciones objetivas de admisión y permanencia, que no deben ser contrarias a los derechos reconocidos en la Constitución Nacional ni suponer un trato discriminatorio o arbitrario para las personas, así como tampoco colocarlas en situaciones de inferioridad o indefensión con respecto a otros concurrentes o espectadores o agraviarlos”.
Se recordó en el recinto que la provincia adhirió a esa normativa nacional en el año 2008 a través de la Ley Provincial 4351 estableciendo al Ministerio de Gobierno como autoridad de aplicación y que el municipio hizo lo propio a través de la ordenanza 4608 que reglamenta la actividad de locales de esparcimiento y diversión nocturna, debiendo la Secretaría de Gobierno del municipio velar por su cumplimiento.
Alám enfatizó que “recientemente el Congreso de la Nación sancionó la Ley de Identidad de Género valorando y reconociendo a aquellas personas cuyos nombres y sexo con los que fueron inscriptos al nacer no coinciden con su identidad de género autopercibida”, que “es un derecho absolutamente humano poder ser quien uno lleva en el espíritu, alma y corazón aunque no coincida con el género del cuerpo” y que “absolutamente ninguna persona puede ser discriminada ni humillada por su condición u orientación sexual”.
En la iniciativa también se solicitó al Ministerio de Gobierno de Río Negro que comunique a todos los comercios habilitados como espacios de esparcimiento y diversión nocturna en jurisdicción provincial, recordando que es deber ajustarse a la mencionada norma nacional “a fin de evitar más hechos de discriminación por la condición sexual que la persona posea”. (ADN).-